Una de las muchas cuestiones en las que ayudamos a las pymes en nuestra asesoría laboral en el centro de Madrid es a la redacción de los contratos de trabajo a la hora de firmar a un nuevo trabajador y tras haberlo dado de alta en la Seguridad Social, un documento que resulta fundamental si se quieren evitar conflictos futuros entre el trabajador y la compañía.

Existen muchos modelos de contratación, como ya hemos explicado en la Gestoría Garde con anterioridad, y eso debe quedar ineludiblemente reflejado en el contrato, tanto si la relación va a ser permanente, en cuyo caso se tratará de un contrato indefinido, o temporal, por obra y servicio, sustitución, en prácticas, etc., casos en los que debe especificar cuándo se extinguirá la relación laboral, bien con una fecha concreta o ligado a una circunstancia como el fin del trabajo a realizar o el fin de la baja de la persona sustituida, entre otros casos.

El fin último de la redacción del contrato de trabajo que realizamos en la asesoría laboral en el centro de Madrid es garantizar una relación laboral estable entre ambas partes, con ausencia de conflictos, pero garantizando todos los beneficios que prevé la normativa tanto para el empresario como para el empleado.

Para el trabajador, el contrato aporta la seguridad de estar contratado por un negocio profesional que ha definido claramente sus obligaciones y el acuerdo respecto a todos los términos del empleo, mientras la empresa se asegura de que el empleado es totalmente consciente de sus obligaciones y que ha acordado cumplirlos. Y un apunte: aunque la Ley permite hacer contratos verbales y tendrán la misma vigencia, no es ni mucho menos recomendable en estos casos.