En nuestra asesoría laboral en el centro de Madrid, son muchos los casos que gestionamos en relación a salarios e indemnizaciones no cobrados y que deben reclamarse al FOGASA. Con la crisis y la consecuente quiebra de muchas empresas, han crecido las situaciones en las que los trabajadores no perciben sus salarios ni indemnizaciones, no teniendo en estos casos más remedio que recurrir al FOGASA. ¿Pero qué significan estas siglas? ¿Cuál es su función?

La definición oficial de Fondo de Garantía Salarial es la siguiente: "Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario". 

Aunque esta definición deja bastante claro en qué consiste el FOGASA, desde Gestoría Garde vamos a concretar algunos aspectos:

  • Para su financiación, las empresas aportan al Fondo de Garantía Salarial el 0,2% de la cotización de sus trabajadores.
  • La cantidad máxima que abona el FOGASA al trabajador, es el doble del salario mínimo interprofesional, con prorrateo de pagas extras hasta un máximo de 20 días.
  • Para el pago de las indemnizaciones el cálculo se realiza sobre la base de 30 días por año de servicio, pero quedan excluidas las indemnizaciones reconocidas en conciliación administrativa, salvo las derivadas de un ERE.
  • El FOGASA no cubre los pagos de pluses de distancia, transporte, vestuario, dietas, etc.

En la asesoría laboral en el centro de Madrid, tenemos el personal más preparado para gestionar con éxito y diligencia estos y otros trámites.