A la hora de gestionar las herencias y escrituras en Chamberí tras el fallecimiento de un ser querido lo mejor es contar con profesionales expertos que nos ayuden en estos momentos tan difíciles. En el caso de que el fallecido hubiese dejado testamento, los bienes quedarán repartidos según sus deseos. Sin embargo, hay que tener en cuenta que además del derecho de propiedad de un bien, también está el derecho de uso y que, aunque el derecho de propiedad pertenezca a una persona, el derecho de uso puede pertenecer a otra diferente o incluso a otras.
El derecho de uso es más conocido como el derecho de usufructo y está regulado en el Código Civil. El derecho de usufructo es algo que se aplica sobre todo cuando el fallecido era parte de una pareja. El miembro de la pareja que queda vivo suele adquirir el derecho de usufructo de algunos bienes, sobre todo del hogar que compartía la pareja. Aunque el hogar quede en herencia para los hijos, el miembro de la pareja vivo tendrá el derecho a seguir usando esa casa.
El derecho de usufructo es el que permite tanto que se siga utilizando el bien en cuestión (que no es de la propiedad) como que se reciban beneficios por dicho bien. Es decir, en el caso de un inmueble, si se alquila a un tercero, el usufructuario podrá recibir las rentas de dicho alquiler. Los expertos en herencias y escrituras en Chamberí asesorarán al usufructuario, quien también tendrá unos deberes como mantener el estado del bien en cuestión o pagar los impuestos que lo graven. En el caso de que el usufructo sea de una casa, habrá que pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
Para cualquier duda, en Gestoría Garde estaremos encantados de ayudarte.
Los derechos de uso de las herencias
10/03/202110 de Marzo de 2021
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