Como expertos en herencias y escrituras en Chamberí sabemos que son muchas las personas que no tienen claro qué es la declaración de herederos y nos gustaría arrojar un poco de luz sobre este asunto. Es una manifestación de la voluntad del testador o por designación de la ley que se realiza antes o después de la muerte del causante, en la que se nombran los herederos del testador o posteriormente al fallecimiento. No es por lo tanto un reparto de los bienes, de hecho, esto se hará posteriormente. ¿Cómo puede hacerse la designación de herederos? Mediante testamento, en sus diversas formas,  (notarial, ológrafo, etc.) o posteriormente una vez ocurrido el fallecimiento, es decir, la llamada declaración de herederos abintestato, que se hará notarialmente o judicialmente.

En las herencias y escrituras en Chamberí siempre se deben dirimir una serie de elementos jurídicos, como quien son los herederos forzosos, los legítimos o cuál es la masa hereditaria. Decirte que si los herederos son hijos o descendientes del fallecido, padres o ascendientes del fallecido o el cónyuge viudo, la declaración de herederos intestados se hace en la notaría del lugar donde el fallecido tenía su domicilio habitual en el momento de fallecer. Se realiza por medio de un acta notarial. Si los herederos son hermanos, sobrinos u otros parientes colaterales del fallecido, la declaración de herederos abintestato debe hacerse en el juzgado de Primera Instancia del lugar en el que el fallecido tenía su domicilio habitual al tiempo de su fallecimiento.

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